Dos Vías para la Reunificación Familiar

México ofrece dos rutas legales principales para los familiares de residentes y ciudadanos:

1. Residencia Temporal por Unidad Familiar

La vía más común. Si tienes residencia temporal o permanente, tu cónyuge, hijos menores de 18 años y padres dependientes pueden solicitar residencia temporal bajo la categoría "unidad familiar" en un consulado mexicano en su país de origen.

2. Residencia Permanente Directa

Si eres ciudadano mexicano, tu cónyuge e hijos extranjeros pueden solicitar directamente la residencia permanente, saltándose la etapa de residencia temporal.

Documentos Requeridos

Proceso Paso a Paso

  1. Apostillar documentos en el país de origen
  2. Reservar cita consular en la embajada mexicana más cercana
  3. Presentar solicitud y pagar cuota
  4. Recibir visa (sello en pasaporte, válida 180 días)
  5. Ingresar a México y registrarse en el INM en 30 días
  6. Recibir tarjeta de residencia (CURP + tarjeta de residente)

Importante: Todos los documentos extranjeros deben apostillarse y traducirse oficialmente al español por un perito traductor certificado.

Costos

Cuota consular: ~$36 USD por persona. Registro INM en México: ~$200–$300 USD. Traducción y apostilla por documento: ~$50–$120 USD.

Errores Comunes a Evitar

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